Recientemente en México, fueron aprobadas las reformas para eliminar el outsourcing (subcontratación) en empresas en este país, lo cual impacta fuertemente a todo tipo de empresas, pero en especial a todos los contratos que se encontraban vigentes antes de la reforma.
En Datamind queremos ayudarte a entender el proceso de regularización de la subcontratación en México y para eso hemos preparado este resumen sobre esta nueva ley.
¿Qué quiere decir esta Ley?
Que algunas de estas empresas ya no podrán realizar contratación de personal a través de un tercero.
Las reformas aprobadas establecen que las compañías no podrán autorizar la contratación de personal para realizar tareas permanentes o esenciales.
¿En qué casos sí se podrá realizar outsourcing (subcontratar)?
Se permitirá la subcontratación de aquellos trabajadores que no formen parte de las labores esenciales y permanentes de la empresa, solo en casos especializados y/o efímeros. Por ejemplo, en el caso de una empresa de teatro, sí podrá subcontratar los servicios de una o varias personas para realizar la limpieza de las salas una vez finalizadas las obras.
Un punto importante de esta reforma, es que beneficiará a otras personas como los ingenieros de un taller mecánico, ya que estos, debido a la nueva ley del outsourcing, tendrán que ser contratados directamente por la empresa o taller mecánico.
Otro punto importante es que luego de la aprobación, la Secretaría del Trabajo deberá definir qué o cuáles son las “labores especializadas”, ya que de momento, aún no han sido definidos los servicios a los que se refiere.
También es relevante conocer las altas multas a las que se exponen quienes realicen la subcontratación, así como las personas físicas o morales que presten estos servicios de subcontratación que no cuenten con el registro necesario, conforme a lo establecido en la ley, quienes se arriesgan a una multa que va desde los 2,000 a 50,000 veces la UMA.
Esta reforma establece además, que el patrón que no permita la inspección y vigilancia, ordenada a su establecimiento por las autoridades del trabajo, podrán ser acreedoras de una multa de 250 a 5000 veces la (UMA).